Colombia

Corte pide reglas más claras para influencers y creadores de contenido

El alto tribunal pidió avanzar en una regulación más clara sobre consentimiento, privacidad y uso de imagen cuando se divulga información de terceros en plataformas digitales.

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Corte pide reglas más claras para influencers y creadores de contenido
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Area Andina julio

La Corte Constitucional hizo un llamado al Congreso de la República y al Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC) para avanzar en una regulación que establezca con mayor claridad los derechos, deberes y responsabilidades de influencers y creadores de contenido en Colombia.

El pronunciamiento surgió tras estudiar el caso de una mujer cuya experiencia personal fue divulgada durante una entrevista para un pódcast y posteriormente permaneció disponible en plataformas digitales durante un periodo prolongado.

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De acuerdo con lo analizado por el alto tribunal, la mujer había atravesado previamente una situación de violencia por parte de su expareja y años después relató lo sucedido en ese espacio digital.

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Sin embargo, la Corte concluyó que la publicación y permanencia del contenido no contó con un consentimiento previo, libre e informado en los términos necesarios para divulgar información sensible y utilizar su imagen.

Tiempo después de la publicación, la mujer solicitó que el material fuera retirado, además de realizar otras peticiones relacionadas con la utilización de su imagen y la divulgación de información privada.

Tras estudiar las circunstancias particulares del caso, la Corte Constitucional determinó que se habían vulnerado sus derechos fundamentales a la intimidad y a la propia imagen.

La decisión adquiere especial relevancia por el crecimiento de los pódcast, entrevistas, transmisiones y contenidos difundidos diariamente a través de redes sociales.

Uno de los puntos centrales del fallo está relacionado con el consentimiento.

La Corte estableció pautas que deberán tenerse en cuenta cuando un creador de contenido publique información privada, datos sensibles, testimonios personales o imágenes de terceros.

La autorización para participar en una entrevista o grabación no necesariamente puede interpretarse de manera ilimitada para cualquier uso posterior del material.

Especialmente cuando existen datos sensibles, los creadores deberán prestar atención a las condiciones en las que fue otorgado el consentimiento y al alcance real de la autorización concedida por la persona involucrada.

Más allá del caso particular, la Corte consideró necesario que Colombia avance hacia reglas más específicas frente al crecimiento de la industria de creación de contenido.

Por esta razón, exhortó al Congreso de la República y al Ministerio TIC a trabajar en una regulación que permita establecer de manera más precisa qué obligaciones y responsabilidades tienen quienes producen y difunden contenido a través de plataformas digitales.

El objetivo sería brindar mayores garantías tanto para quienes ejercen actividades relacionadas con la creación de contenidos como para las personas cuya información, declaraciones o imágenes puedan aparecer en ellos.

La Corte también hizo un llamado a las plataformas digitales para que contribuyan a divulgar la providencia entre los influencers y creadores de contenido que utilizan sus servicios en Colombia.

La intención es que quienes producen contenido conozcan los criterios establecidos por el tribunal sobre privacidad, consentimiento y utilización de la imagen de terceros.

La decisión no significa una prohibición general sobre entrevistas, pódcast o contenidos que involucren experiencias personales, pero sí refuerza la necesidad de garantizar los derechos fundamentales de quienes aparecen en esas publicaciones.

El pronunciamiento vuelve a poner sobre la mesa un debate cada vez más frecuente: hasta dónde llega la libertad de expresión de los creadores digitales y dónde comienzan los derechos a la intimidad, privacidad y propia imagen de terceros.

El crecimiento de las redes sociales ha permitido que cualquier persona pueda producir contenidos con audiencias comparables a las de medios tradicionales, pero también ha generado nuevos desafíos frente al tratamiento de datos personales y la exposición de situaciones privadas.

Con esta decisión, la Corte plantea la necesidad de que el marco jurídico colombiano evolucione al mismo ritmo que las plataformas digitales y que la creación de contenido no implique desconocer los derechos fundamentales de las personas involucradas.

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