Registrador penagos demanda a petro por acusaciones sobre las elecciones de 2026
El Consejo de Estado admitió una tutela presentada por Hernán Penagos contra Gustavo Petro por publicaciones relacionadas con un supuesto fraude en las elecciones presidenciales de 2026.
El registrador nacional, Hernán Penagos Giraldo, acudió al Consejo de Estado mediante una acción de tutela contra el expresidente Gustavo Petro, a raíz de los señalamientos que este hizo sobre un supuesto fraude en las elecciones presidenciales de 2026 y sobre presuntas irregularidades dentro de la Registraduría Nacional.
El alto tribunal admitió la tutela el pasado 30 de septiembre y ordenó notificar a Petro para que ejerza su defensa y entregue un informe sobre los hechos. La acción fue presentada por Penagos en nombre propio y también en defensa del buen nombre de la entidad electoral.
Según el recurso, los momentos más tensos de la controversia se registraron entre el 2 de junio y el 5 de agosto de 2026. Para ese momento, Petro ya había publicado más de 100 mensajes relacionados con un presunto fraude electoral, aunque la tutela se concentra especialmente en publicaciones y pronunciamientos en los que vinculó directamente al registrador y a la Registraduría con supuestas manipulaciones del proceso.
Entre los señalamientos cuestionados aparecen referencias a presuntas modificaciones del censo electoral, cambios en puestos y mesas de votación, supuestas alteraciones en los formularios E-14 y cuestionamientos a los sistemas informáticos utilizados durante el proceso electoral.
Penagos sostiene que esas acusaciones carecen de sustento y que algunas de ellas atribuyen a la Registraduría competencias que legalmente no tiene. En la tutela insiste en que el registrador no cuenta votos ni declara resultados y recuerda que el escrutinio se realiza a partir de las actas físicas y no de las imágenes digitalizadas que son publicadas para consulta ciudadana.
Uno de los puntos centrales del expediente está relacionado con el censo electoral. Petro había afirmado que un programa informático fue modificado el 26 de mayo y que esos cambios habrían afectado puestos y mesas de votación. Penagos respondió que el censo se encontraba cerrado desde el 30 de abril y que las fechas señaladas correspondían a la entrega de información para auditorías de los partidos. Según la tutela, la trazabilidad de los archivos permitió descartar esas modificaciones.
También hubo controversia por los formularios E-14. Petro aseguró que habrían desaparecido mecanismos de seguridad y que algunos documentos fueron modificados después de su publicación. La Registraduría negó esas afirmaciones y defendió que los controles de integridad se mantuvieron y que las actas permanecieron disponibles.
La entidad ya había advertido públicamente, el 5 de agosto, que no existía fundamento técnico para poner en duda los resultados de las elecciones presidenciales y rechazó las versiones sobre supuestos algoritmos o mecanismos informáticos utilizados para alterar la voluntad popular.
Penagos también incluyó en la tutela frases que, según su interpretación, cruzaron la línea entre la crítica institucional y la imputación personal. Entre ellas aparecen mensajes en los que Petro señaló que el registrador habría causado una “gran herida” al país y otro en el que afirmó que Penagos se habría prestado “no solo para un fraude sino para golpear nuestra soberanía nacional”.
Para el registrador, esos mensajes afectaron su honra y su buen nombre, además de la confianza en la autoridad electoral. En el escrito sostiene que un funcionario público debe soportar el escrutinio y la crítica a su gestión, pero no acusaciones penales construidas, según él, sobre información falsa.
La tutela también menciona que la Misión de Observación Electoral de la Unión Europea calificó la segunda vuelta como pacífica y bien organizada y destacó la independencia de los funcionarios electorales. Penagos utiliza esos informes y las auditorías realizadas durante el proceso como respaldo para controvertir la narrativa de una manipulación capaz de alterar el resultado.
El proceso electoral de segunda vuelta, realizado el 21 de junio de 2026, contó con 41,4 millones de ciudadanos habilitados para votar. La Registraduría defendió entonces las garantías de transparencia, integridad y trazabilidad del proceso.
Otro elemento incluido en el expediente es la preocupación por la seguridad de los funcionarios electorales. La Defensoría del Pueblo había advertido sobre mensajes intimidatorios y contenidos que promovían violencia contra Penagos y trabajadores de la Registraduría, situación que el registrador relaciona con el ambiente generado alrededor de las denuncias de fraude.
Penagos ya había solicitado formalmente a Petro que rectificara varios de esos señalamientos. Al no recibir una corrección dentro del plazo planteado, decidió acudir al Consejo de Estado.
La petición tiene además una particularidad: el registrador busca que, si el tribunal ordena una rectificación, esta se haga mediante un texto definido de manera expresa por la propia corporación, con el fin de evitar que el acto de corrección se convierta en una nueva oportunidad para reiterar los señalamientos cuestionados.
Por ahora, el Consejo de Estado deberá escuchar la defensa de Gustavo Petro, evaluar las pruebas aportadas y determinar si existió vulneración de los derechos fundamentales invocados por Hernán Penagos.
La admisión de la tutela no significa que el alto tribunal haya concluido que Petro incurrió en una vulneración. Esa decisión se conocerá después de que sean valorados los argumentos y elementos probatorios de ambas partes.
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