¿Tienes negocio? Si niegas el baño, esta será la multa
Por el Decreto 0327 de 2026 de la Alcaldía de Bucaramanga y el Código de Policía, negar el baño a niños, embarazadas, adultos mayores o personas con discapacidad puede costar $233.452 o la suspensión del negocio.
Si tienes una tienda, un restaurante, una cafetería, un bar o cualquier local abierto al público en Bucaramanga, ojo con esto: negar el baño puede salirte caro. La Alcaldía expidió el Decreto 0327 de 2026, firmado el 14 de agosto por el alcalde Cristian Portilla Pérez, que reglamenta el servicio de baño en los establecimientos de comercio de la ciudad con base en el artículo 88 del Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana (Ley 1801 de 2016).
¿Cuál es la multa por negar el baño?
El decreto establece que el incumplimiento da lugar a medidas correctivas contra el propietario, administrador o responsable del negocio, que aplican las autoridades de policía. El Código de Policía contempla para este comportamiento una multa general tipo 1, equivalente a cuatro salarios mínimos diarios, es decir, $233.452 en 2026, o la suspensión temporal de la actividad del establecimiento.
¿A quién no le puedes negar el baño?
Según el decreto, todos los establecimientos de comercio están obligados a prestar el baño, cuando lo pidan, a:
- Niños.
- Mujeres en evidente estado de embarazo.
- Adultos de la tercera edad.
- Personas en situación de discapacidad o con movilidad reducida.
Y debes hacerlo sean o no clientes: no les puedes exigir que compren algo para dejarlos entrar.
Además, en septiembre de 2026 se sancionó una ley que modificó el artículo 88 del Código de Policía (Ley 2633 de 2026) para dejar en firme el derecho de las personas con discapacidad o movilidad reducida, y permitir que entren con su cuidador o acompañante cuando necesiten ayuda. Esa misma norma obliga a los negocios a informar sobre este derecho.
¿Puedes cobrar por el uso del baño?
Sí, pero con un límite. El decreto fija una tarifa máxima equivalente al 2 % del salario mínimo diario. Para 2026 eso da $1.167, que se redondea a $1.200.
Ese valor es un tope, no un cobro obligatorio: cada negocio decide si cobra, cobra menos o no cobra nada, pero no puede pasar de $1.200. Cada año, en los primeros 25 días de enero, la Secretaría del Interior hará el cálculo oficial de la nueva tarifa máxima.
Lo que sí es obligatorio, según el decreto, es prestar el servicio a los grupos protegidos, cobres o no.
¿Qué hacer si a ti te niegan el baño?
Si haces parte de alguno de estos grupos y un establecimiento te niega el baño, puedes reportarlo a la Policía Nacional a través de la línea 123.
La medida, que rige desde su publicación, busca garantizar el acceso de las poblaciones más vulnerables, evitar cobros excesivos y reducir los problemas de salud pública en la ciudad.
Puedes consultar el texto completo del decreto en el sistema de búsqueda normativa de la Alcaldía de Bucaramanga.
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