iEnvejecer no es motivo para morir! Corte toma decisión sobre las mascotas.
La Corte determinó que la edad avanzada no es motivo suficiente para poner fin a la vida de un animal. La decisión no elimina la eutanasia veterinaria cuando existen condiciones médicas que la justifiquen.
Una importante decisión tomó la Corte Constitucional de Colombia frente a la protección de los animales, especialmente aquellos que han llegado a una edad avanzada. El alto tribunal determinó que la vejez extrema, por sí sola, no puede ser utilizada como justificación para sacrificar a una mascota, al considerar que los animales mayores merecen protección y cuidados durante la última etapa de sus vidas.
La determinación quedó establecida en la Sentencia C-336 de 2026, mediante la cual la Corte declaró inconstitucional una disposición de la Ley 84 de 1989, conocida como el Estatuto Nacional de Protección de los Animales. Esta norma contemplaba la posibilidad de sacrificar animales por razones de vejez extrema, incluso cuando su edad no necesariamente representaba una condición de sufrimiento que justificara ese procedimiento.
Con esta decisión, los magistrados establecieron que el envejecimiento natural no constituye una razón suficiente para terminar con la vida de un animal. Por el contrario, señalaron la necesidad de brindarles mayor atención cuando comienzan a presentar las dificultades propias de la edad, garantizando condiciones adecuadas de bienestar, alimentación y atención veterinaria.
El caso de un perro que llevó el debate hasta la Corte Constitucional
Detrás de esta decisión se encuentra la historia de Beto, un perro que vivía en una finca del municipio de Ebéjico, Antioquia. Según los antecedentes conocidos, el animal había envejecido y ya no cumplía con la misma capacidad las labores de vigilancia que realizaba anteriormente, situación que llevó a su propietario a considerar la posibilidad de sacrificarlo.
La veterinaria Ledia Escobar conoció el caso y cuestionó que la edad o la pérdida de utilidad de un animal fueran consideradas razones para poner fin a su vida. Posteriormente, junto con el abogado Jhaslen Ramírez, impulsó una demanda contra la disposición legal que permitía ese procedimiento por vejez extrema.
El caso llegó a conocimiento de la Corte Constitucional, que estudió si esa causal era compatible con la protección que el ordenamiento jurídico colombiano reconoce a los animales. Finalmente, el alto tribunal concluyó que la edad avanzada no constituye, por sí misma, una justificación válida para sacrificarlos.
¿Queda prohibida la eutanasia de perros y gatos en Colombia?
Uno de los aspectos más importantes de la sentencia es que no significa una prohibición absoluta de la eutanasia veterinaria. El procedimiento podrá seguir siendo considerado cuando existan condiciones médicas que lo justifiquen, de acuerdo con las normas vigentes y la valoración de profesionales veterinarios.
Esto quiere decir que una mascota no podrá ser sacrificada únicamente porque tenga muchos años, haya perdido parte de su movilidad o ya no pueda cumplir determinadas funciones. Sin embargo, cuando un animal presenta enfermedades graves e incurables que le ocasionan sufrimiento intenso, la eutanasia podrá evaluarse bajo los criterios médicos y legales correspondientes.
La decisión busca establecer una diferencia entre el envejecimiento natural y aquellas situaciones en las que el estado de salud del animal compromete gravemente su calidad de vida.
Una decisión que cambia las reglas para los propietarios de mascotas
El pronunciamiento de la Corte también representa un llamado a la responsabilidad de quienes tienen animales de compañía. Con el paso de los años, perros y gatos pueden necesitar mayores cuidados, controles veterinarios, cambios en su alimentación y acompañamiento para enfrentar las dificultades propias del envejecimiento.
La sentencia refuerza el principio de que los animales no pueden ser considerados únicamente por la utilidad que representan para sus propietarios. Su protección debe mantenerse durante todas las etapas de su vida, especialmente cuando se encuentran en condiciones de mayor vulnerabilidad.
De esta manera, la Corte Constitucional deja establecido que llegar a una edad avanzada no es motivo suficiente para acabar con la vida de una mascota. La decisión marca un precedente en la protección animal en Colombia y recuerda que el bienestar de los animales también debe garantizarse durante sus últimos años.
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