Tome nota: Estas son las enfermedades que no permiten obtener su licencia de conducción
Existen ciertas condiciones médicas que pueden llevar a la negación o restricción de la licencia de conducción.
Cada día, miles de colombianos acuden a los Centros de Reconocimiento de Conductores para solicitar o renovar su licencia de conducción, un requisito establecido por el Código Nacional de Tránsito para todos aquellos que deseen operar un vehículo en el país. Este proceso, que busca garantizar la seguridad en las vías, incluye la solicitud de exámenes médicos que evalúan la aptitud física, mental y la coordinación motriz de los conductores.
Los exámenes son llevados a cabo por centros autorizados por el Ministerio de Transporte, y su objetivo es certificar que los aspirantes a conductores cuenten con las capacidades necesarias para conducir de manera segura. Sin embargo, existen ciertas condiciones médicas que pueden llevar a la negación o restricción de la licencia de conducción.
De acuerdo con la resolución 0217 de 2014 del Ministerio de Transporte, se ha establecido un listado de enfermedades que podrían comprometer la seguridad de los actores viales. Cada uno de estos casos está sujeto a evaluación, y son únicamente los Centros de Reconocimiento de Conductores quienes determinarán si el conductor puede obtener la licencia, con la posibilidad de que se expida con menos vigencia o requieran exámenes más avanzados.
En el anexo 1 de la resolución mencionada, se describe lo siguiente:
Capacidad mental: Es la habilidad del aspirante para responder a estímulos y relacionarse con su entorno, lo que implica mantener la orientación temporal-espacial y la comprensión para construir un pensamiento lógico.
Coordinación integral motriz: Evalúa la destreza del candidato para ejecutar acciones precisas y rápidas, utilizando visión, audición y miembros en forma simultánea.
Capacidad de visión: Se examinan las condiciones mínimas de visión requeridas para conducir un vehículo de forma segura.
Capacidad auditiva: Se determinan los niveles mínimos de audición en cada oído y la orientación auditiva del individuo.
Capacidad física general: Además de las pruebas anteriores, se realiza una evaluación de medicina general, que incluye una entrevista estructurada sobre el historial médico del solicitante.
Es importante destacar que tener alguna de estas condiciones no necesariamente significa que se negará la licencia. En ciertos casos, esto puede ser expedido por menos tiempo y con la obligación de renovarla según el avance de la enfermedad. También se contempla la utilización de dispositivos especiales, como gafas medicinales o audífonos.
Además, el artículo 22 de la Ley 769 de 2002 establece las vigencias para la licencia de conducción. Para vehículos de servicio particular, la vigencia es de diez años para conductores menores de 60 años, de cinco años para aquellos entre 60 y 80, y de un año para mayores de 80. Por su parte, las licencias de servicio público tendrán una vigencia de tres años para conductores menores de 60 y de un año para mayores de esa edad.
Este proceso de evaluación es crucial para asegurar que todos los conductores en Colombia posean las capacidades necesarias para garantizar la seguridad en las vías, protegiendo así tanto a ellos como a los demás usuarios.
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